Proceso de licitación para la adquisición de equipo e instrumental médico

M. en A. Elsa Arrellanes Jarquín

Como parte de las actividades realizadas en el marco del 3er Simposium de Ingeniería Clínica, se impartió el Taller de: "Proceso de Licitación para la Adquisición de Equipo e Instrumental Médico"

El Taller fue estructurado en cuatro fases en las cuales los ponentes abordaron los temas tanto de forma teórica como con ejemplos prácticos. A continuación se presenta un resumen de los contenidos del Taller:

1.- Ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público (LAASP)

A cargo del Lic. José Manuel Cabrera Domínguez
Subdirector de Programación en Licitaciones y Concursos de la Cámara de Diputados

Artículo 2, LAASP
Las adquisiciones, arrendamientos y servicios se adjudicarán, por regla general, a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, eficiencia energética, uso responsable del agua, optimización y uso sustentable de los recursos, y demás circunstancias pertinentes, de acuerdo con lo que establece la presente Ley.

2.- Elaboración de la propuesta técnica

A cargo de la Ing. Irene Hernández Domínguez.
Subdirectora de Tecnología / Secretaria de Salud del Distrito Federal.

Objetivo: establecer los requisitos técnicos de las bases de licitación respecto a los bienes objeto de la licitación.

Motivos: cubrir las necesidades tecnológicas con el nivel más alto de calidad acorde a la tecnología existente en el mercado.

Marco normativo: las bases de licitación incluyen condiciones específicas de tipo técnico previstas en los Art. 31, 34, 36 y 46.

Contenido:
La propuesta debe incluir a) requisitos de la proposición (aspectos técnicos y b anexo técnico que especifica las características técnicas del equipo e instrumental médico.
Es importante solicitar los documentos necesarios que describen a detalle las características técnicas de los bienes solicitados, documentos que avalen la calidad de los bienes, así como documentos que respaldan a la confiabilidad, seriedad y responsabilidad de los participantes quienes distribuyen, comercializan y proporcionan apoyo técnico de los bienes objeto.

3.- Juntas de aclaraciones y dictamen técnico

A cargo de la Ing. Lucía Amador Vázquez.
Jefa de Área de la División de Costos de la Atención y
Evaluación Económica / IMSS.

Junta de aclaraciones

Objetivo: precisar y aclarar contenidos de las bases, y en particular, especificaciones de los bienes objeto.

Motivos: presentar precisiones por parte de la Convocante, así como hacer la contestación pública a las preguntas de los participantes sobre el contenido de las bases de licitación.

Marco normativo: prevista en los Art. 30, 33 y 43 de la LAASP.

El Art. 33 de la LAASP prevé que puedan modificarse los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de licitación, en relación a estas modificaciones hay que considerar los siguientes aspectos importantes:

  • Que la modificación no tenga por objeto limitar el número de licitadores.
  • Que la modificación se realice en el período: fecha de publicación de la convocatoria y hasta quitar, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de propuestas.
  • La publicación de un aviso en el Diario Oficial de la Federación, para que los interesados concurran ante la propia dependencia o entidad para conocer las modificaciones respectivas.
  • No será necesario hacer la publicación del aviso cuando las modificaciones deriven de las juntas de aclaraciones, siempre que se entregue copia del acta respectiva y se publique en los medios originales.
  • Por lo tanto, es un requisito poner a disposición de los interesados, copia del acta de la junta de aclaraciones, y publicarla por medio electrónico si es el caso.
  • Las modificaciones de que trata el Art. 33 en ningún caso podrán consistir en:
    • La sustitución de los bienes o servicios convocados originalmente.
    • Adición de otros bienes de distintos rubros.
    • Variación significativa de las características de los bienes convocados originalmente.

Otros aspectos importantes:

Cualquier modificación a las bases de la licitación, derivada del resultado de la o las juntas de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases de licitación.

En las juntas de aclaraciones, las convocantes resolverán en forma clara y precisa las dudas o cuestionamientos que formuladas por los interesados, debiendo constar todo ello, en el acta respectiva que para tal efecto se levante.

La problemática de la junta de aclaraciones, la cual se refiere a diversas circunstancias y actitudes que se pueden presentar y que dificultan una dinámica ágil y positiva durante la presentación de preguntas y respuestas:

-Nerviosismo.
-Ambigüedad en las respuestas.
-Insuficiente conocimiento de las bases y sus anexos.
-Falta de experiencia.
-Desconocimiento de las necesidades planteadas.
-Desconocimiento de la situación técnica comparativa de los bienes objeto en el mercado.
-Alto número de preguntas.
-Ausencia de los integrantes clínicos o técnicos del equipo de la Convocante especialistas en el tema.
-Alto nivel de desorganización: preguntas o respuesta sin registro en papel, seguimiento inadecuado de las preguntas (a una misma pregunta, varias respuestas, etc..),
-Horarios inadecuados.

Dictamen técnico

Objetivo: Presentación de los resultados de la evaluación técnica de las proposiciones.

Motivos: Establecer clara y justificadamente las causas de aprobación o rechazo de las partidas ofertadas por cada licitante.

Marco normativo: prevista en los artículos 19, 36 BIS, 38, 40, 46, 50, 54 y 58 LAASP.
El dictamen técnico se integra al fallo de la licitación.

Revisión de las propuestas técnicas:

  • Definición de las actividades específicas de cada uno de los integrantes del grupo técnico.
  • Revisión minuciosa y detallada de la documentación.
  • Llenado cuidadoso de los formatos de evaluación (sin tachaduras, con tinta, anotaciones completas, sin abreviaturas).
  • Anotación clara y precisa con referencia de los motivos de rechazo por especificación y partida.
  • Firma y nombre del revisor.
  • Llenado de todos los espacios (no dejar espacios en blanco).

En caso de duda o ambigüedad, acordar el criterio a seguir entre todos los miembros del grupo técnico.

CENETEC-SALUD